top of page
Adonai García y Oliver Guzmán

Objetivos y Dualidades de las Instituciones Reguladoras del Tránsito y el Transporte


A continuación, se presentan los objetivos principales de las instituciones encargadas de regular el tránsito y el transporte terrestre de la República Dominicana y las dualidades que poseen con otras:

Obejtivos y Dualidad de las Instituciones Reguladoras del Tránsito y el Transporte

Existen alrededor de 60 objetivos principales, dejando a un lado los que han asumido fuera de los decretos por el presupuesto que manejan. De esos, solo 22 no poseen dualidades con otras instituciones.

En promedio, el 42% de los objetivos correspondientes por decreto o ley, de las instituciones mencionadas, es realizado por esa institución; el resto 58% posee dualidades entre otras instituciones.

Dualidad de los Objetivos Principales con los de otra Institución

Los resultados arrojaron que aquellas instituciones creadas por ley, como la DGTT y la DGII, cumplen más objetivos generales, sin dualidad alguna, que aquellas que fueron creadas por decreto o resolución. Aunque en el gráfico podemos ver que la DGTT posee un 56% de dualidad, es, de las más grandes e importantes instituciones, la que menos posee luego de la DGII, y hay que tomar en cuenta que tiene unos 16 objetivos principales, comparados con los seis (6), cuatro (4) y uno (1) que poseen la OMSA, el Plan Renove y FONDET, respectivamente.

Cabe destacar que la comunicación entre las instituciones es muy limitada y esto afecta los trabajos y procesos que llevan a cabo. Entre las tantas consecuencias que esto representa, encontramos:

  • Daño a la infraestructura que una institución ha construido e instalado por falta de conocimientos sobre los detalles a tomar en cuenta;

  • Estudios repetidos redundantes y, por ende, gastos estatales innecesarios;

  • Justificación innecesaria del funcionamiento de instituciones;

  • Monopolización de la información;

  • Desorden institucional;

  • Creación innecesaria de leyes y programas de ejecución;

  • Creación de campañas que siguen los mismos objetivos, pero forman parte de instituciones distintas;

  • Entorpecimiento de trabajos y procesos.

Según (Crespo, 2016), la República Dominicana tiene unos 50 años sin una ley que regule el transporte, la movilidad y la seguridad vial. Debido a ello se han creado intereses fuertes en el sector y, por ende, la consulta de la nueva La Ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, producto de más de cinco (5) años de trabajo por parte de la comisión permanente de Obras Publicas y el Congreso de la República, ha tomado unos 11 años en el congreso, pero ha empezado a ver la luz después del interés presentado por el Lic. Danilo Medina en su discurso de toma de posesión presidencial, el 16 de agosto del 2016. Solo tres meses después, el 2 de noviembre del mismo año, se aprueba en segunda lectura, ante la cámara de diputados, la ley en cuestión. Ahora solo resta esperar la aprobación por parte del senado para su debida implementación.

Esta ley viene a traer la primera ley de transporte, movilidad y seguridad urbana del país. La misma creará, a través de su artículo 8 la Autoridad Única de la Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, conocida popularmente como INTRANT. Esta tendrá los siguientes objetivos, expuestos en el artículo 10 de dicha ley:

Objetivos del INTRANT

La misma viene a crear, según (Crespo, 2016), una política integral única de tránsito, transporte terrestre, movilidad urbana y seguridad vial, donde el estado tenga una sola estrategia y un solo fin, para unificar las instituciones que, hasta el momento, han trabajado de manera dispersa, atomizada y caótica. Estará adscrita al MOPC, pero tendrá autonomía jurídica, presupuestaria, administrativa y financiera; y reorientará algunas de las instituciones ya existentes como la AMET, quien pasaría a ser la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte, con funciones definidas de viabilizar y fiscalizar el tránsito, que nunca ha sido parte de sus facultades, sino que fueron introducidas bajo decreto por su buen funcionamiento cuando se crea a finales del siglo pasado.

Acá les dejamos un video con la entrevista que le hicimos al Ing. Rafael Tobías Crespo sobre la Ley 63-17 como parte de la primera temporada de Civilgineering Podcast:

Este es un fragmento de la tesis de grado titulada "Propuestas de Fortalecimiento del Centro de Control de Tránsito e Implementación del Sistema Integrado de Multas y Sanciones del Distrito Nacional" de los ingenieros Adonai García y Oliver Guzmán, presentada el 25 de febrero del 2017 en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD).

17 visualizaciones0 comentarios

Entradas Recientes

Ver todo
bottom of page